administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de prescripción de la acción penal, realizada a favor del xxxxxxxxxxxxxxx; a quien se le inició investigación por la presunta participación en la modalidad de coautor en el delito de robo agravado en grado de frustración, previsto en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Carlos Alberto Hernández Ojeda. Librese boleta de notificación a las partes. Cúmplase.
Conforme a la Circular N° 139-2008, de fecha 11-11-2008, remitida por el Juez Presidente encargado del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Dr. Julián Gregorio Hurtado Lozano, se ordena al Secretario del Despacho, gestionar lo pertinente para que el funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, al momento de incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la pagina Web del Tribunal Supremo .....