Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos, LUIS FELIPE BATISTA Y YSABEL MARIA SALAZAR LA ROSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 14.717.940 Y 16.841.730, respectivamente, domiciliados en Avenida Circunvalación Sur, sector Andrés Bello calle Vía real casa Nº 08, Municipio Bermúdez y Playa Grande, calle Principal Virgen del Valle casa Nº 33, Parroquia Bolívar del Municipio Bermúdez, Estado.....