Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho, antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Se CONDENA a los acusados: JOSE GREGORIO MARCANO MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.527.708 nacido el 17-05-1984, de 26 años de edad de profesión u oficio pescador, hijo de Josefina Millán Marcano y Luís Francisco Marcano Millán, y residenciado en Altamira, Sector Betania, casa Nº 58, casa amarilla con rejas de aluminio, Municipio Bermúdez del estado Sucre, WILMAN JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano., mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.414.523, nacido el 24-06-1.979, de profesión u oficio Obrero, hijo de Nicolás Sánchez y Ramona Rodríguez y residenciado en Barrio Altamira, calle principal, casa S/N, Cerca de donde quedaba el taller de la alcaldía Municipio Bermúdez del estado Sucre y JH.....