DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE el Recurso de Hecho interpuesto por la abogada en ejercicio Marlys Alexandra Lemus Gil, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 242.440, en su carácter de apoderada judicial de la parte co-demandada R/M UMAY, representación que se desprende de poder apud acta otorgado por el ciudadano RAMON ANTONIO HERNANDEZ SEGURA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.400.645, domiciliado en Macanao Estado Nueva Esparta, en su carácter de Capitán del referido buque R/M UMAY, de Bandera Venezolana, con número de la Organización Marítima Internacional (OMI) 9217395, Arqueo Bruto 167, Arqueo Neto 97, Eslora 21.3 m, Manga 7.8 M, Puntal 3.3 M, Matricula N°: ARSH-1144, contra el auto dictado en fecha 24 de Noviembre de 2017 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, el cual se obtuvo de oír el Recurso de.....