éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la oposición al embargo ejecutivo que planteó el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO GONZALEZ PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.657, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO CESAR CASTILLO, portador de la cédula de identidad Nº V-8.647.964, en su condición de cónyuge de la parte ejecutada, en el juicio a través del cual se ventila la pretensión de VIA EJECUTIVA, que sigue el ciudadano JOSE VICENTE SALAZAR, portador de la cédula de identidad N° V-9.278.886, representado judicialmente por el abogado en ejercicio RAFAEL LATORRE CACERES, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 32.028, contra la ciudadana JENNY YAMILE CERMEÑO CARABAL.....