DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abogada. ALINA GARCÍA, en su carácter de Defensora Privada del Lxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; a quien se le inicio investigación por la presunta participación en el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GENÉRICAS, previsto en el articulo 413 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Fxxxxxxxxxxxxxxxxx, y en su lugar acuerda ampliar el lapso de presentaciones de la adolescente de autos, debiéndose presentar cada SESENTA (60) DÍAS por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, todo ello para asegurar su comparecencia a la Audiencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 555 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por cuanto se le dio cumplimiento a la solicitud presentada por la Defensa Privada este Juzgado ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico.
Líbrese boleta de notificación a las partes de la presente decisión, de c.....