Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley DECRETA la CESACIÓN de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, impuestas al sancionado: "OMISIS"; por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 numerales 3°, 4° y 6° del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano: LEONEL AGUILERA, de conformidad con lo establecido en el artículo 629 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 646 ejusdem y 647, literal h) ibídem. Notifíquese al sancionado, a la víctima, al Ministerio Público y la defensa. Se acuerda Librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a fin de que se deje sin efecto la orden de captura librada mediante boleta RY11BOL2009002988, de fech.....