Este Tribunal Tercero de control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda imponerle la medida cautelar sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones por cada ocho (08) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por un lapso de seis meses a partir de la presente fecha, al imputado: GABRIEL LEOPOLDO MAZA PATIÑO venezolano, de 25 años de edad, Cédula de identidad N°-V-15.111.273, soltero, nacido el 12-02-80, residenciado en la urbanización Brasil, sector 02, vereda 46, casa N° 07 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 Ordinal 3ero y 313 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena librar boleta de libertad a nombre del imputado y que sean dirigida al Comandante General de Policía del Estado Sucre, junto con oficio a los fines de su ejecución inmediata. Líbrese oficio al Jefe de Algua.....