Se declarón CON LUGAR la acción de REVISION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, ejercida por la ciudadana: Niurka del Valle Quijada, contra el ciudadano: Joel Arcangel Subero Acosta, por lo que el referido ciudadano deberá pasarle a sus hijos la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,00) semanales por concepto de obligacion alimentaria. Se Ordeno la Notificacion de las partes.