En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentado en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 136 de fecha Treinta (30) de Marzo del año 2.017, emanada de la Sala Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por los ciudadanos: MONICA CAROLINA VELASQUEZ y RUBEN JOSÉ VILLALBA HEREDIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.883.667 y V-10.876.044, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Carúpano, Estado Sucre, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron en la casa de la .....