y visto el cheque de Gerencia N° 520007118, consignado en cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 13 de Octubre de 2.008 y vista igualmente la diligencia suscrita por el ciudadano LUIS ENRIQUE CARABALLO, titular de la Cedula de Identidad N° 5.884.110, asistido por el abogado en ejercicio CARLOS JAVIER TINEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.796, parte demandante en el presente juicio, donde solicita se le haga entrega del referido cheque, la cual fue acordada por este Tribunal en fecha 04 de Diciembre de 2.015, tal como consta al folio 195 del presente expediente, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dá por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.-