Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta; PRIMERO: CONDENA al acusado VÍCTOR MIGUEL ECHEVERRÍA BASTARDO, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.133.391, nacido en fecha 29-09-1989, de 25 años de edad, de oficio Funcionario de la Policía del Estado, hijo de Víctor Echeverría y Maritza Bastardo, y residenciado la Población de El Paujil, Sector La Invasión, Casa S/N, cruzando el río, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, a cumplir al pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 410 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ENDER GREGORIO BRAZON MÚJICA (OCCISO).- La pena impuesta será cumplida en el sitio que designe al Tribunal de Ejecución que corresponda, manteniéndose la medida de coerción per.....