Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por la Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de que se Admitan los testigos promovidos. En consecuencia, visto el escrito de Pruebas presentado por la parte Actora, y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se Admiten cuanto ha lugar en derecho, e igualmente visto los Testigos promovido, ciudadanos: EFRÉN DEL JESÚS GUERRA MARTÍNEZ, DANIEL OLIVIER y MERALDO RODRÍGUEZ, los cuales deben ser llamados a declarar el contenido y firma de los Contratos que marcados con la letra "X" fueron presentados en dicho escrito. Se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- Y así de decide. Cúmplase lo ordenado.