CUARTO: En cuanto a la solicitud de revisión la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Preventiva del Adolescente, se acuerda mantener la misma, en virtud de lo establecido en el artículo 628 de la LOPNNA en el cual impera la gravedad del delito que es el de COMPLICE EN EL DELITO DE HOMICIDIO ALIFICADO, previsto Artículo 406 en con concordancia con el artículo 84 ambos del código penal en perjuicio occiso xxxxxxx , el cual es uno de los delitos que ameritan medida de privación judicial de libertad, y a los fines de garantizar la comparecencia del hoy acusado en un posible juicio oral y reservado. QUINTO: Se ordena abrir el Juicio Oral y Reservado en contra del adolescente xxxxxxxxxxx, por estar incurso en la presunta comisión del delito de COMPLICE EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto Artículo 406 en con concordancia con el artículo 84 ambos del código penal en perjuicio occiso xxxxxxxxxxx SEXTA: Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (05) días conc.....