este Despacho Judicial procede a CONDENAR al ciudadano DEIVIS JOSE MARCANO RAUSSEO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.228.395, natural de esta ciudad, nacido en fecha 24/05/1985, hijo de Claudina Rausseo y Juan Marcano, residenciado en el Rincón de Araya, frente al "Bar mi esperanza, Cumaná, Estado Sucre, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, por la comisión del delito Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 ultimo aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece como fecha aproximada en que la presente pena concluirá el año 2011. Se ordena la remisión de las actuaciones en su oportunidad legal a la Unidad de Ejecución e.....