En atención a los motivos de hechos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, incoada por la ciudadana AIDA DEL VALLE GARCIA de GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.685.665, y de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio, OTIS ROJAS L., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 91.524; y en consecuencia ordenar insertar en el acta N° 310, correspondiente a los libros de Registro Civil de Defunciones llevados por el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Sucre, durante el año 2008, que los ciudadanos AIDA DEL VALLE GARCIA de GUEVARA, JOSEFA MARIA GUEVARA GARCIA, JOSE EUSEBIO GUAVARA GARCIA, DUGLANNY DEL VALLE GUEVARA GARCIA y RI.....