En aplicación a las normas antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
PRIMERO: NIEGA LA APELACIÓN, presentada por la abogada en ejercicio, SARA DIAZ, anteriormente identificada como apoderada judicial de la parte actora, en contra el auto de fecha 31 de octubre del presente año.
SEGUNDO: Se ordena la continuación del proceso en el estado en que se encuentra.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
En la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los nueve (09) días del mes de Noviembre de 2016