Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Medida cautelar DE SUSPENSION DE EFECTOS, del acto administrativo , auto de fecha 17-07-2015 del expediente 021-2015-05-00006 en donde homologa acuerdo en el pliego de peticiones de reducción de personal, por razones económicas, solicitada Vicente Rafael Romero Adrián, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-5.478.671, abogado en ejercicio inscrito en el i.p.s.a bajo el nro . 83989, actuando en representación de los ciudadanos CRISTOBAL JOSE BRAVO SANCHEZ, EDUARDO LUIS BECERRA CAMPOS, WIMER RAFAEL BEJARANO BRITO, JOSE GREGORIO BARRIOS GOMEZ, ANGEL LUIS DE LA ROSA DE LA ROSA, LORENZO JOSE DELGADO CAMPOS, JESUS JOSE FLORES VALLERA, CARLOS JOSE LUNAR FRANCO, Y OTROS,
PUBLÍQUESE, REGÍS.....