Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, quedando disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ ALCOBA RODRÍGUEZ y SIRUM DEYANIRA MUNDARAIN BELLORÍN, ampliamente identificados ut supra y que contrajeran por ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha veintitrés (23) de enero del año 1.997.-