Este Tribunal para decidir observa:
1.- Que el acusado de autos ha tenido incomparecencias reiteradas a los actos fijados por el Tribunal.
2.- Que el juicio está fijado para el día 20-11-2006 a las 2:00 p.m.
3.- Que en fecha 03-11-2006, no se realizó el juicio en virtud que el traslado no se hizo efectivo. En relación a la solicitud de medidas cautelares solicitadas las mismas se niegan en virtud de la proximidad del Juicio y a fin de garantizar la continuidad del proceso.
Es por todo lo expuesto que éste Tribunal de Juicio de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud presentada por la Defensora Pública Abg. Mildred Guerra, negando las medidas cautelares solicitadas en virtud de la proximidad de la audiencia oral y privada en la presente causa. En consecuencia se acuerda notificar a la solicitante. Líbrese lo conducen.....