por autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD RESUELVE: Se absuelve al acusado HECTOR RAMON PATIÑO, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.575.654, residenciado en calle Buena Vista, sector Quinta San Vicente, de esta Ciudad de Cumana, hijo Maria Magdalena Patiño y filian enrique Briceño, de profesión albañil; de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 277 del Código penal, 458 y 218 en su numeral 1°, en perjuicio de EDUAR ROMERO PATIÑO. De conformidad con lo previsto en el artículo 268 del código Orgánico Procesal Penal las costas del presente proceso corresponderá al Estado Venezolano. Como consecuencia de la presente decisión se ordena el cese de toda medida de coerción personal que haya sido decretada en contra del acusado en este proceso. Por lo que se acuerda su libertad desde esta sala de audiencia