DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Condena al ciudadano ORLANDO JOSE VILLARROER RUIZ titular de la cédula de identidad N° 12.215.569 , de profesión u oficio albañil, de 31 años, domiciliado Calle Los 45, casa N° 31, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de Tres (03) Años de Prisión mas las accesorias de ley por la comisión del delito de Hurto Calificado , previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 6° del Código Penal Venezolano, pena que deberá cumplir en el Internado Judicial de esta Ciudad. Líbrese Boleta de Encarcelación a nombre del acusado Orlando José Villaroel Ruiz. La sentencia se dictará de conformidad con el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el presente asunto a la fase de ejecución de este Circuito Judicial en su debi.....