En virtud de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral y Bancario, actuando transitoriamente como Corte de Apelaciones en materia de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento suscrito por el abogado Rómulo Urbano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 29.569, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano HECTOR MONTAÑO, titular de la cédula de identidad número: 3.134.291, en el juicio de intimación al pago que sigue contra el ciudadano LUIS QUIJADA (finado), quien fuera titular de la cédula de identidad número: 4.295.181, cuyos sucesores están representados judicialmente por el abogado Oswaldo Perero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 49.843, en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena la revocatori.....