Este Tribunal Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 30/07/24, por la representación judicial de la entidad de trabajo CENTRO DE FORMACIÓN POPULAR RENACIMIENTO JUNTOS (CEPOREJUN), en contra del auto de fecha 22/07/2024, dictado por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Sucre, sede Cumaná. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado el 22/07//2024, dictado por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Sucre, sede Cumaná; en consecuencia, se ordena que sea llamado como Tercero Interviniente al SERVICIO AUTÓNOMO DE AEROPUERTO DEL ESTADO SUCRE, adscrito a la Gobernación del estado Sucre. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. CUARTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado Tercero de Sustanciación, Medi.....