En consideración a todos los razonamientos antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: se abstiene de Homologar el desistimiento manifestado en la audiencia de juicio por la parte demandante por los motivos establecidos en la parte motiva de la sentencia y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JORGE DANIEL ALMERIDA SABERH, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.271.702, en contra de PDVSA INDUSTRIAL, S.A. Por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelarle a la parte actora la cantidad arroje la experticia complementaria del fallo. En cuanto a la corrección monetaria de los conceptos co.....