este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio decide: PRIMERO: Redime de LA PENA IMPUESTA al Penado: MIGUEL EDUARDO PEREZ CASTRO Venezolano, nacido en fecha: 09-08-84, soltero, de 23 años de edad, residenciado en Bebedero, calle 5, casa No-04, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad N°-16.314.084 , actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, el lapso: 23-09-11: OCHO (08) MESES QUINCE (15) DIAS. QUE SE EJECUTA MEDIANTE ESTE AUTO. Pena Cumplida con Redención (Física+Redenciones): CINCO (05) AÑOS, ONCE (11) MESES Y CATORCE (14) DÍAS.
Pena Por Cumplir: DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS.
Fecha que Finaliza la Pena: el día: .....