Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, Extensión Carúpano, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en uso de las atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil y en el Artículo tercero Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo decide: PRIMERO: Se imparte la HOMOLOGACIÓN al presente Convenimiento de Pago y le se otorgará fuerza con autoridad de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes. SEGUNDO: Se declara TERMINADO EL PROCESO. TERCERO: Se ordena el ARCHIVO DEL EXPEDIENTE de conformidad con la Ley de Archivo Judicial. Se elabora la siguiente acta siendo las once y cinco minutos de la mañana (11:05, a.m), la cual será suscrita por la Juez y todos los intervinientes en este acto. En la Sala de Despacho del Tribu.....