Por todos los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , Mantiene la Medida Privativa de Libertad, contra el ciudadano JOSÉ DETIDELI RAUSSEO ARAY, venezolano, de 50 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.904.796, nacido en fecha 23-12-56, casado, de oficio albañil, residenciado en Guarama, Calle Principal, casa S/N Municipio Valdez, del Estado Sucre, hijo de Víctor Rausseo y Brígida Aray, a quien la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, presenta por la presunta comisión del delito de Homicidio intencional simple en grado de frustración previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el 82 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: César Aníbal López, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251 ordinales 2 y 3 y parágra.....