Acto seguido la Juez señala oídas como han sido las partes este Tribunal, oída la imputación fiscal, la declaración del imputado previa imposición del precepto constitucional y en presencia de su defensor, verificada las formalidades de Ley y realizada la imputación DE JAIRO ANTONIO ROMERO RODRIGUEZ, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.835.872, de estado civil soltero, de oficio obrero, nacido el 19-09--74, hijo de Ciro Romero y Gladiber Rodríguez, domiciliado en La Llanada sector III vereda 11 casa N° 08 de esta Ciudad como presunto autor del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el encabezamiento, tercero y cuarto aparte del artículo 43 de la ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña xxx. Se concluye el acto y se ordena la remisión de la causa a la fiscalía 5 del Ministerio Público, para que prosiga conforme a las reglas del procedimiento ordinario.