éste Tribunal segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, al ciudadano VICTOR MANUEL BOMPART, quien es Venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad n ° 5.912.581, con domicilio en el sector Río Salado Calle Bolívar S/N Guiria Municipio Valdez, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 510 del Código Orgánico Procesal Penal.