En Razón de lo cual, y teniendo la causa a que se contrae la presente una cuantía establecida en la cantidad de Mil Trescientos Veintiséis Bolívares (1.326,00 Bs), o 3315 unidades tributarias, el Tribunal Competente para conocer y decidir la presente causa es un Juzgado de Municipio, cuya competencia en razón de la cuantía de acuerdo a la antes transcrita Resolución, lo es hasta 15.000 unidades Tributarias.
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NO ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer y decidir las presente causa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, plantea de oficio la Regulación de la Competencia y ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior d.....