Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MILDRED E. GUERRA EDGEHILL, en su carácter de Defensora Pública Penal de los ciudadanos N. E. P. M. y H. J. N. R. (se omiten los nombres de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), contra sentencia Publicada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 19 de Junio de 2017, mediante la cual sancionó a los jóvenes adultos a cumplir la Medida Privativa de Libertad por un lapso de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN en la causa seguida en sus contra por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD y ROBO AGRAVADO, previs.....