En razón de lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Libertad Sin restricción a favor del ciudadano GIUSSEPE ROCCA MARCANO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.345.278, en la localidad de Cocollar, Municipio Montes del Estado Sucre. Se ordena librar oficio al Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre, Cumaná Estado Sucre, informando que la libertad se materializa desde la sede judicial. Remítase las actuaciones en el lapso legal correspondiente al despacho de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público.-