Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 19 de febrero de dos mil trece (19-02-2013), por el abogado SANDY ROJAS FARIAS inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 48.614, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano CHEN WEFENG, de nacionalidad china, titular de la cedula de identidad Nº E- 82.235.578, contra la sentencia de fecha 15 de Febrero de 2013, dictada por el Tribunal del Municipio Andrés Eloy Blanco, del primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano CHEN WEIFENG, a restituirle al ciudadano XIXIAN LIANG, LA suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES ( Bs. 200.000,00), como consecuencia del.....