Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "ABANDONO VOLUNTARIO", fundamentado en el artículo 185 causal 2° del Código Civil que intentara el ciudadano LUIS EDUARDO MARQUEZ BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°:19.082.888 y domiciliado en la Urb. Santa Helena Town House, Paseo la cascada, n° 539, Cumana, Estado Sucre en contra la ciudadana ZAYIRA LIDUMAR AMARISTA GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:17.447.116 y residenciada en la calle Los Caracas, casa s/n, El Peñón, Cumana, Estado Sucre .- Así se decide.-