Es por todo ello que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la medida de protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana MATILDE ELINA CORTESIA, a fin de garantizarle su integridad física y oportuna participación en el proceso penal.-
Líbrese oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público, remitiendo las presentes actuaciones, y oficios anexos.
Líbrese oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a fin de informarlo sobre la declaratoria con lugar de la medida de protección a favor de la referida victima. Líbrese boleta de notificación a la solicitante MATILDE ELINA CORTESIA, a los fines de infórmale que le ha sido acordada la medida de protección. Cúmplase.-