este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a los ciudadanos OMAR FRANCISCO MARCANO CARIMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.852.855, de 26 años de edad, nacido el 27-01-1983, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, de estado Civil soltero de profesión u oficio Obrero, hijo de Ángel Francisco Marcano y Omaira Josefina Carima, domiciliado en calle Carabobo, el Sector Tamarindo, casa S/N, cerca de: a una cuadra de la Zapatería de Julio, en Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego, y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 277 y 281 ambos del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano y FRANCISCO ANTONIO NORIEGA ALCA.....