VI
DISPOSITIVA
En mérito de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Sucre, Anzoátegui y Nueva Esparta-con sede en la Ciudad de Cumana, Municipio Sucre del Estado Sucre, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta decisión en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional, presentada por los profesionales del derecho JOAQUÍN BELLO FIGUERA y MARCOS J. SOLÍS SALDIVIA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 42.477 y 43.655, respectivamente, en sus carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ROSARIO COROMOTO GUTIERREZ DE MEDINA, DULCEMARIA GONZALEZ GUTIERREZ, MANUEL RAFAEL ACOSTA GUTIERREZ y MARIA LUISA GONZALEZ GUTIERREZ, antes identificados.
SEGUNDO: SE ADMITE y SE ORDENA la sustanciación del procedimiento respectivo, con arreglo a l.....