En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior de los niños anteriormente identificados, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la ciudadana MARISOL GONZALEZ DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 3.337.872, domiciliada en los chaimas, calle n°2, n° 5, Cumana, Estado Sucre en contra de la ciudadana PATRIZIA ERMINIS CHIARELLO NATOLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:11.832.953