éste Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR impuesta en fecha 12-06-2009, a los ciudadanos ALFONZO LUIS PASTRANA, RODOLFO JOSÉ PASTRANA, DALMIRO J. ZERPA y EDUARDO ANTONIO GONZÁLEZ, consistente en un régimen de presentaciones periódicas de cada ocho (08) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que los mismos cumplieron fielmente las mismas por un lapso superior a seis (06) meses, poniéndose en evidencia su buena fe para con el proceso penal que se les sigue.