este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción realizada en fecha 03 de Marzo de 2009, seguida por los ciudadanos FREDDY JOSE VICENT y JOSE RAFAEL MILLAN BRITO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.359.583 y V-3.440.189, respectivamente, asistidos por el abogado ANGEL CARLOS VITOS SUAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.864, en su carácter de Defensor Público Primero Agrario del Estado Sucre. Procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.718 del Código Civil, y así se decide.