éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al ciudadano: VICTOR JOSÉ TINEO GRANADO, quien es venezolano, natural de Carúpano, de 36 años de edad, nacido en fecha: 30-01-77, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº 13.076.008, profesión u oficio: soldador, hijo de Simona Tadea Granados y German Aquiles Tineo, residenciado en: Playa Grande, el Roldan, Calle uno diagonal a la venta de gas, Casa S/N; Municipio Bermúdez. Estado Sucre; por estar incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Victim.....