DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara la Extinción de la Acción Penal, seguida al Acusado Freddy Salazar, venezolano, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 20-05-67, titular de la Cédula de Identidad N° 10.221.703, de profesión u oficio albañil, hijo Eulalia Salazar y Juvenal Castillo, residenciado en Calle Nueve la Caldera, al final de la vía del Cerro, hacia las Ameritas, cerca de un mercal, Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano Jesús Antonio Totesaut la Rosa; y en consecuencia se decreta el Sobreseimiento de la causa, todo de conformidad con lo establecido de conformidad en los artículo 34 del C.....