...Es por lo que este Tribunal Declara con lugar el pedimento de la representante del ministerio Publico y Decreta en contra del Ciudadano JOAQUIN MANEIRO MANEIRO la medida Sustitutiva de Privación de Libertad a la cual se adhiere la defensa en vista que el imputado anteriormente mencionado pudiera ser el autor o participe del hecho que dio origen a la presente investigación penal; medida sustitutiva de libertad de conformidad a lo previsto en el articulo 256 numerales 3°, que son presentaciones cada 8 días por un lapso de seis meses por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, y 9° que consiste en la prohibición de concurrir o estar cerca del área del hotel Minerva. En cuanto al ciudadano: GREGORI FLORES GUERRA este Tribunal en vista de que no se llenan los extremos del articulo 9 del la Ley de armas y explosivos no existiendo ninguna norma legal que tipifique y restrinja el porte del arma de fabricación casera conocida como chopo. Este Tribunal decla.....