En consecuencia de los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano YVAN JOSE SALAZAR, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.756, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS ANTONIO RUIZ MENDOZA, EDWIN JOSE ARRIOJA DEFFI, DELIO AMADO ACEVEDO, GERSI GRUBER MATA CORTEZ Y WILLIAM JOSE ALFONZO GOMEZ, titulares de las cedulas de identidad N° V- 16.995.514, V- 19.980.345, V-13.052.941, V-25.996.123 y V- 17.909.361, respectivamente, parte demandante recurrente; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 01 de Diciembre de dos mil diecisiete (2017), dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre,. TERCERO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de.....