Visto el escrito de demanda, recibida por este Juzgado en función de Distribuidor el 9 de febrero de 2015, correspondiéndole la misma para su conocimiento y tramitación a este Juzgado dándosele entrada en esta misma fecha, no obstante, encontrándose en la oportunidad procesal para emitir pronunciamiento sobre la admisión o no de la presente demanda, observa lo siguiente: