Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud del Defensor Privado, en la presente causa seguida al adolescente xxxxxxxxxxxxxx por estar incurso en la presunta comisión del delito de cómplice en el delito de homicidio calificado, previsto artículo 406 en concordancia con el artículo 84 ambos del código penal, cometido en perjuicio del hoy occiso ciudadano José Daniel Rodríguez Machado, por lo que se acuerda sustituir la medida de prisión preventiva, por la medida cautelar prevista en el literal g) del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, representada por la Constitución de Fianza por parte de dos (02) personas idóneas, las cuales perciban entre las dos, Ciento Cincuenta (150) Unidades Tributarias, quienes deberán consignar; 1.- constancia de trabajo o relación de ingresos, 2.- carta de buena conducta, 3.- constancia de estar domiciliado en el territorio del.....