Por todas las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por ciudadana JUANA BAUTISTA GUAIPIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-6.720.675 de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ZENAIDA J GONZALEZ M, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 99.201. ASI SE DECIDE.-