por lo que este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuo Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en uso de las Atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolívariana de venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda la Acumulación del asunto N° RP11-D-2004-000040 por el delito de Robo en la Modalidad de Arrebatón, al asunto N° RP11-D-2004-000100, por el delito de Lesiones Personales Graves, así como las sanciones descritas, por el lapso de Un (01) año y seis meses, que culmina el 09 de Septiembre de 2006, de conformidad con lo previsto en los artículos 66, 73 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Especial, en tal sentido particípese al Equipo Técnico, adscrito a esta Sección de Adolescentes.