Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto los abogados en ejercicio EZEQUIEL DAVID CARO CABELLO Y ALEXANDER PAUL HERNANDEZ LOPEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 97.574 y 201.462, respectivamente, contra los autos de fecha 21/11/2023, dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, el cual escucho en un solo efecto la apelación interpuesta.